Renta 2021, ¿cuáles son las novedades del IRPF?

Los avances que otorga el trámite de la declaración de la renta equivalente al año que viene se resumen fundamentalmente en una subida del IRPF, concluyendo qué dicha subida va dirigida a las personas con mayor ingresos y para aquellas que tengan planes de pensiones.

Evolución del IRPF para 2021.

Debes saber que los contribuyentes más afectados por las nuevas medidas fiscales son los que tienen rentas generales de más de 300.000 euros o bien rentas del ahorro de más de 200.000 euros. Además, si aportabas a un plan de pensiones agotando el límite de 8.000 euros anuales, también notarás una subida en el IRPF, porque la aportación máxima con ventaja fiscal se ha reducido a la cuarta parte en la mayoría de los supuestos.

Subida de Impuestos.

Las tres principales variaciones que afectarán al ejercicio fiscal 2021, y que se traducirán en una subida para los contribuyentes de ingresos más altos y para quienes invierten en planes de pensiones son las siguientes:

1. Más tributo en la renta general.

La escala de gravamen estatal que se aplicaba a la base liquidable general tenía cinco tramos el año pasado, y se le ha añadido otro en 2021, de tal forma que a la base que sobrepase de 300.000 euros se le aplicará un tipo del 24,50%, en vez del 22,50% (en la renta general se incluyen los salarios, los rendimientos de la actividad empresarial y profesional, las rentas del alquiler y los premios e indemnizaciones, entre otros).

2. Más tributo en la renta del ahorro.

Las rentas del ahorro son los beneficios reales que se puedan tener con la venta de bienes y aquellas que se imputan al donante aunque no reciba nada, al donar bienes que acumulen ganancias. También son rentas del ahorro los intereses de cuentas y depósitos, lo sacado al vender obligaciones y bonos, o lo cobrado de seguros de vida.

Hasta el año pasado, la base liquidable del ahorro tributaba así:

  • Los primeros 6.000 euros de la base liquidable del ahorro pagaban un 19%.
  • Las cantidades siguientes, entre 6.000,01 y 50.000 euros, un 21%.
  • Lo que excediera de 50.000, pagaba un 23% el año pasado. 

Este 2021 se ha sumado un nuevo anexo, de modo que lo que esté entre 50.000,01 y 200.000 euros sigue pagando un 23%, pero a la parte de la base que exceda de 200.000 euros se le aplicará un porcentaje del 26%.

3. Recorte a los planes de pensiones.

Hasta la fecha, la cantidad que podías aportar cada año a determinados productos, para deducírtela a continuación de tus rentas sujetas a IRP, no podía superar unos límites, que ahora se han reducido:

  • Antes podías aportar a los planes de pensiones, con derecho a ventaja fiscal, hasta el menor de estos límites: o bien el 30 % de tus rentas del trabajo o bien 8.000 euros. En 2021 tus aportaciones personales a planes de pensiones no podrán superar los 2.000 euros, aunque tus planes de empresa podrán recibir hasta 8.000 euros de aportaciones empresariales (como mucho y entre ambas fuentes, las aportaciones pueden sumar 10.000 euros).
  • También puedes aportar al plan de tu cónyuge y deducir por ello, siempre que tenga unos ingresos pequeños, pero nuevamente la aportación máxima se ha reducido, pasando de 2.500 a 1.000 euros al año.
  • Para los seguros privados de dependencia, que puedes pagar para ti o para otros, la aportación con derecho a ventaja ha pasado de 8.000 a 2.000 euros, sumando las aportaciones de todas las personas que satisfagan primas a favor de un mismo contribuyente, incluidas las de este.

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