Cumplir con las obligaciones fiscales es algo que todo trabajador autónomo y empresa debe hacer. De lo contrario, se expone a sanciones. Para evitar despistes en los plazos, hemos elaborado una guía con los cambios fiscales y legales que afectarán a las pymes y a los trabajadores autónomos a lo largo de 2020.
Los autónomos y las sociedades no tienen las mismas obligaciones fiscales, pero sí que deben presentar ambos ciertos modelos que son iguales en ambos casos. Se trata del Modelo 111, Modelo 115, Modelo 303, Modelo 349, Modelos 180, 190 y 390 y, por último, el Modelo 347.
El Modelo 111, la declaración trimestral de IRPF para trabajadores, profesionales y empresarios se tiene que presentar hasta el 20 de enero el referente al último trimestre del ejercicio anterior, y luego el 20 de abril, 20 de julio y 20 de octubre.
En cuanto al IVA, su presentación trimestral se realiza mediante el Modelo 303, en este caso se presenta como fecha tope en las mismas fechas que el Modelo 111, aunque en enero el plazo para presentarlo expira el día 30.
Si el empresario paga alquiler, deberá presentar el Modelo 115. Aquí los plazos son los mismos que en el Modelo 111 y en el del IVA.
Operaciones intracomunitarias
Cuando se han realizado operaciones intracomunitarias el modelo que hay que presentar es el 349. Cada trimestre se podrá presentar entre el 1 y 20 del mes siguiente a su finalización. En enero el plazo máximo de presentación concluye también el día 30.
Por otro lado, las empresas que hayan superado operaciones con un cliente por encima de los 3.000 euros al año tendrán que presentar el Modelo 347, el plazo acaba el 28 de febrero.
Tributación del IRPF
Además de lo anterior, los autónomos también deberán presentar el Modelo 130 o 131, y el Modelo D100. El Modelo 130 es para los que tributen en régimen de estimación directa o simplificada, mientras que el 131 para los que hagan el IRPF por el sistema de módulos. Por el contrario, el Modelo D100 es la declaración anual de la renta de las personas físicas. Durante este 2020 el plazo para su presentación será del 2 de abril al 25 de junio.
Finalmente, las sociedades también tendrán que presentar los modelos 200, una declaración del Impuesto de Sociedades, entre el 1 y el 25 de julio, y el 202, que es el documento que recoge el pago fraccionado de ese impuesto, en este caso los pagos serán del 1 al 22 de abril, del 1 al 21 de octubre y del 1 al 20 de diciembre.